Prelatrampa

La prelatrampa del Opus Dei. Traición en Roma Si el Opus Dei es una prelatura personal rara por integrar laicos y sacerdotes, ¿por qué se rechazó añadir el sufijo de "cum proprio populo"?


Me enfrento al triple reto de explicarles qué ha pasado con el Opus Dei, por qué se ha hecho eso y qué efecto puede tener en el futuro. Soy Santiago Mata, hoy es domingo 27 de agosto de 2023, y desde el canal Centroeuropa me permito traerles virtualmente hasta este lugar de Roma, llamado Torre Argentina, donde los arqueólogos han encontrado, al final de ese foso que ven a mi izquierda, el lugar exacto donde fue asesinado Julio César, primer emperador romano. Y es que aquí puede que nos encontremos también ante un caso de engaño o traición, aunque no vuelen los puñales.

Lo sucedido con el Opus Dei se resume en que el papa Francisco ha decidido que esa institución, la única de la Iglesia católica que tiene la forma jurídica de Prelatura personal, sea asimilada a una asociación clerical, donde solo serían miembros de pleno derecho los sacerdotes y seminaristas, que apenas suponen el 2% de los miembros del Opus Dei, ya que el resto son laicos.

La razón aludida por el papa Francisco es que, el derecho de la Iglesia no permite que los laicos se sometan al poder de un prelado distinto al obispo de su diócesis, y que quienes no sean sacerdotes solo pueden ser cooperadores en una prelatura personal.

Esto crea un evidente problema para el Opus Dei, que asegura que cuando adoptó la forma de prelatura personal en 1982 fue para garantizar su forma de ser, en la que no hay diferencia de vocación ni de derechos o deberes entre sacerdotes y laicos, es decir, que solo hay un tipo de miembros.

Surge entonces la pregunta de quién engañó a quién: ¿ofreció la Iglesia al Opus Dei la forma de prelatura personal bajo unas garantías que ahora quiere negarle, o fue el Opus Dei quien se apropió indebidamente de esa figura, la de prelatura personal, dando a los laicos de su organización derechos y deberes que no les correspondían, engañándoles también a ellos?

Aunque la medida adoptada por el Papa parezca rechazar el papel de los laicos adoptando una perspectiva clerical, conviene precisar que ya con los actuales estatutos de la Prelatura del Opus Dei, los laicos están subordinados a los sacerdotes de la misma forma en que cualquier cristiano depende de su obispo; por eso, para encajar al Opus Dei en la estructura jerárquica de la Iglesia, estos estatutos solo utilizan la palabra miembros para referirse a los integrantes de los órganos de gobierno, donde los puestos clave, y siempre la mayoría, están reservados a sacerdotes. Por tanto ya ahora la Prelatura del Opus Dei era una estructura con un núcleo clerical, pero no era una asociación solo de sacerdotes, sino una estructura jerárquica -y por eso dirigida esencialmente por sacerdotes- que operaba, o mejor dicho co-operaba, con seglares, o sea laicos, bajo el mando de un prelado.

La igualdad fundamental entre laicos y sacerdotes, en los estatutos de la Prelatura personal del Opus Dei, aprobados por la Santa Sede el 8 de diciembre de 1982, no se deriva por tanto de que en ellos se denomine miembros a los laicos y sacerdotes, pues ya he dicho que ese término no se usa para eso, sino de que, desde el artículo 1º se dice que la Prelatura “comprende a la vez clérigos y laicos” bajo la denominación de “fieles” (en latín, Christifideles), que se repite 18 veces más.

Estatutos (8 diciembre 1982).
Estatutos (8 diciembre 1982).

Quienes, como el papa Francisco, no quieren que una prelatura personal “comprenda” laicos y sacerdotes, argumentan con que los laicos solo aparecen como cooperadores en los documentos del Concilio Vaticano II y posteriores que definen las prelaturas personales.

Sobre el documento Presbyterorum ordinis, en su artículo 10, ya he hablado en otro vídeo, así que voy a referirme aquí al Motu Proprio Ecclesiae Sanctae, de 6 de agosto de 1966, con que el papa San Pablo VI desarrolló la idea de las prelaturas personales.

Ecclesiae Sanctae I, 4.
Ecclesiae Sanctae I, 4.

Casi repitiendo la expresión de Presbyterorum ordinis, que decía que en las prelaturas podían “entrar o incardinarse los presbíteros”, expresa este Motu proprio que estarán “compuestas de presbíteros del clero secular”, y esta expresión la cita el papa Francisco en su Motu Proprio del 8 de agosto de 2023. A continuación, y esto ya no lo cita Francisco, el artículo I 4 del Motu Proprio Ecclesiae Sanctae de Pablo VI prevé que también los laicos pueden “dedicarse” a trabajar en las prelaturas personales.

Ante la sospecha de que incluir a los laicos en la Prelatura personal del Opus Dei sea fraudulento, me parece interesante observar la entrevista de Joaquín Navarro Valls con Álvaro del Portillo que publicó el diario ABC el día 29 de noviembre de 1982 (p. 25, p. 26, p. 27 , p. 28 y p. 29), es decir, al día siguiente de que Juan Pablo II estableciera la Prelatura personal del Opus Dei: Álvaro del Portillo insiste en ella en que fue el papa Juan Pablo II quien tenía prisa por que el Opus Dei recibiera una estructura jurídica que no le resultara tan inconveniente como la de Instituto Secular, que entonces tenía, y que favorecía el error de pensar que los miembros del Opus Dei eran religiosos consagrados mediante votos (p. 27).

Como prueba de que al Opus Dei no le corría prisa por cambiar de forma jurídica, el entonces presidente y luego primer prelado, Álvaro del Portillo, señala en la entrevista con Valls que entre los poderes jerárquicos que la prelatura iba a aportar, el de disponer de sacerdotes (incardinar es el verbo técnico que se usa en la Iglesia), ya lo tenía siendo instituto secular (p. 26 de la entrevista). Es decir, si la prelatura consistiera en incardinar y dirigir a sacerdotes, no suponía ninguna ventaja para el Opus Dei. Lo que quería garantizar el Opus Dei, fundamentalmente, era la unidad de vocación entre sus miembros: es decir, que la misma relación que el prelado tenía con los sacerdotes respecto al carisma de la organización, la mantuviera respecto a los laicos.

Como segundo punto interesante de la entrevista de Valls a Del Portillo aparece que éste, al presentar la propuesta de cambio de forma jurídica, comprendiendo que tener miembros laicos no era lo propio de una prelatura personal, propuso para el caso del Opus Dei la denominación de prelatura personal cum proprio populo: es decir, que a diferencia de las normales, entendidas solo para sacerdotes, esta tendría también pueblo, es decir, laicos.

p. 28, cum proprio populo.
p. 28, cum proprio populo.

Según dice del Portillo en esta entrevista (p. 28), fue la propia comisión que reformaba el Código de Derecho Canónico -conjunto de normas o cánones que forman lo que podemos llamar constitución de la Iglesia católica- la que le indicó que suprimiera la coletilla “cum proprio populo”. Eso solo podía ser porque incluir laicos en la prelatura personal no iban en contra de lo previsto hasta entonces. Eso sí, como hasta ahora, no se les definiría como miembros, sino como fieles, indicando que se sometían a una autoridad jerárquica similar a la de los obispos, pero sobre materias totalmente distintas, de modo que no competía con ellos.

En la bula Ut sit que convertía (en términos de derecho canónico, erigía) como prelatura personal al Opus Dei, el Papa Juan Pablo II decía que la nueva institución se regiría por el derecho general y por sus estatutos, que comienzan, como vimos, afirmando que la prelatura “comprende a la vez clérigos y laicos”.

Ut sit
Ut sit

Al mes siguiente, el 25 de enero de 1983, el mismo Papa aprobó y publicó (en lenguaje jurídico se dice “promulgó”) el Código de Derecho Canónico, cuyo canon o artículo 294 dice que las prelaturas “constan de presbíteros y diáconos del clero regular”, mientras que el canon 296 sugiere sobre los laicos un grado de pertenencia distinto, al decir que “pueden dedicarse a las obras apostólicas” mediante una “cooperación orgánica” establecida en sus acuerdos con la prelatura.

¿Hay contradicción entre unos estatutos que afirman que la prelatura “comprende a la vez clérigos y laicos” y un canon que dice que la prelatura “consta” de clérigos y que los laicos se dedican a ella como “cooperadores orgánicos”? ¿Si la hubiera, quién fue responsable de ella? ¿El papa Juan Pablo II, hoy santo, que la pasó por alto? ¿El Opus Dei y su prelado, hoy también beato? ¿O habría que achacársela a quienes reformaron el Código de Derecho Canónico, afirmando que una prelatura personal con pueblo era perfectamente normal, y luego publicando unos cánones que serían incompatibles con ello? ¿O esa incompatibilidad es una pega sin fundamento?

Sea como fuere, hoy ha revivido la teoría de que fue un abuso incluir en las prelaturas a los laicos. Juan Pablo II y Álvaro del Portillo habrían sido entonces víctimas de la Comisión revisora del Código, que garantizó que no hacía falta diferenciar a unas prelaturas de otras por incluir laicos, dándoles un nombre distinto como el de “cum propio populo”.

¿Qué cambió para que, el 14 de julio de 2022, el papa Francisco pidiera al Opus Dei en el Motu Proprio llamado Ad charisma tuendum que cambiara sus estatutos para que en ellos no fuera relevante el poder jerárquico, afirmando que el prelado del Opus Dei nunca más volvería a ser obispo?

La respuesta no era evidente. En todo caso, cabe adivinar que la reforma de sus estatutos que pasados unos meses entregó a la Santa Sede el Opus Dei, seguía respetando lo que hasta entonces era esencial en esa prelatura personal: la unidad de derechos y deberes, de vocación, entre sacerdotes y laicos.

Así llegamos al 8 de agosto de 2023, cuando el papa Francisco emite otro Motu Proprio al que ni siquiera pone nombre y que es mucho más explícito: el Opus Dei queda asimilado a una asociación de curas, y para explicar lo que eso significa, el Papa cambia el canon número 295 del Código, que hasta entonces decía que el prelado es el ordinario -palabra que define el poder episcopal- propio de una prelatura personal. Ahora ya no se admite que para diferenciar al prelado de un obispo baste el matiz de que las materias sobre las que mandan sean distintas: en lugar de “ordinario”, la nueva redacción del canon 295 convierte al prelado en “moderador dotado de las facultades de un ordinario”, es decir, que tiene el poder de ordinario, pero no es originado por su cargo, sino prestado.

Por si aún no estuviera claro lo que quiere el Papa, en este Motu proprio del 8 de agosto de 2023, cambia también el canon 296 del Código, para precisar que los laicos que quieran cooperar con la prelatura, deben respetar el canon 107 de dicho Código de Derecho Canónico, que habla de que todos los laicos son fieles sometidos a un obispo y a un párroco.

En mi opinión, todas estas medidas parecen exigir que en sus estatutos, la prelatura del Opus Dei deje de referirse a los laicos que se comprometen a cooperar con ella como fieles, ya que eso evoca el poder de un obispo, que ahora el prelado no tiene más que como prestado y supuestamente solo para ejercerlo sobre los sacerdotes.

Aceptando este criterio, el Opus Dei podría renunciar en sus estatutos a hablar de fieles y así parecería que el poder jerárquico, aunque fuera delegado, solo se ejerce en la prelatura sobre los sacerdotes.

Si con esto lo que pretendiera el papa Francisco fuera excluir del gobierno del Opus Dei a los laicos, en realidad no cambiaría nada, o muy poco, ya que, en los centros del Opus Dei, que es donde realmente se da formación y consejo a los miembros de la institución, los sacerdotes carecen de mando, incluso de capacidad de voto. Es decir, que en la vida corriente de las personas del Opus Dei, casi todos los elementos formativos están de hecho separados de lo esencial que el poder jerárquico reserva a los sacerdotes, que es el poder sagrado de transmitir la gracia mediante los sacramentos, un poder al que me referí en el vídeo sobre la conveniencia de un concilio Vaticano III.

Estos organismos de consejo locales del Opus Dei, compuestos por laicos y donde el sacerdote tiene voz pero no voto, sólo aparecen mencionados en los estatutos de la Prelatura entre los organismos consultivos del prelado en dos momentos: para autorizar la incorporación a la prelatura de nuevos miembros, y para precisar que el director de cada centro es nombrado por el prelado.

Al final, parece imposible que todo el revuelo formado en torno al Opus Dei se deba al mero deseo de imponer una interpretación del derecho más que discutible y que además puede no tener ninguna consecuencia práctica. ¿Qué efectos tendrá, entonces, todo este revuelo?

Dentro del Opus Dei, ya que se pretende negar el poder jerárquico del prelado como tal, es decir, en cuanto jefe de la prelatura, sobre los laicos, el prelado del Opus Dei reaccionó el 10 de agosto con un mensaje en el que confirmó que, en efecto, la unidad de los laicos con los sacerdotes y el prelado no depende de los poderes que éste tenga en la prelatura. Por eso reafirmó que el Opus Dei es ante todo una familia sobrenatural cuya razón de ser es la santificación del laicado: si ya antes la institución de la prelatura no agotaba estrictamente el ser del Opus Dei, ahora parece claro que el Opus Dei se define como familia sobrenatural y que solo en parte es visible en la estructura que llamamos prelatura personal.

Prelado, 10 de agosto de 2023.
Prelado, 10 de agosto de 2023.

No pienso que el Opus Dei deba crear una asociación laical distinta a la prelatura. Es cierto que podría tener el efecto positivo de aclarar que la prelatura, aunque en ella los sacerdotes parezcan protagonistas, está al servicio de esa asociación laical. Pero también implicaría cierto riesgo de incomprensión de la unidad de vocación en el Opus Dei.

En el imaginario colectivo quedará la sensación de que algo malo ha hecho el Opus Dei para que lo reformen, aunque, si hubo culpa, fue de la comisión revisora del Código de Derecho Canónico o de quienes hayan utilizado el nombre de miembros para los laicos. El mal está ya hecho, por la sensación que se ha querido dar de que el Opus Dei debía ser castigado. Una sensación que ha calado también entre sus miembros. Les pongo tres ejemplos. La serie de cuatro vídeos realizada por el sacerdote Luis Herrera termina suponiendo que puede ser verdad que en el Opus Dei “hubiese una cierta rigidez” (7:52).

Luis Herrera, cap. 4.
Luis Herrera, cap. 4.

El artículo del catedrático Rafael Domingo, firmado el 23 de agosto, no se atreve a afirmar que sería contrario a derecho dejar de reconocer que la prelatura del Opus Dei está “compuesta” por sacerdotes y laicos, sino que solo lamenta que supondría “una excesiva clericalización  de la reforma” que, por lo demás, elogia.

Rafael Domingo
Rafael Domingo

Por su parte, desde su blog en Infocatólica, Javier G. Herrería trataba de dar una interpretación positiva, considerando que el Papa cree que estos cambios son buenos para el Opus Dei y para la Iglesia.

Javier G. Herrería, 24 de agosto.
Javier G. Herrería, 24 de agosto.

Por mi parte, detrás de todo esto, no veo más que un intento del Papa Francisco por dar la sensación de que en la Iglesia se emprenden reformas y de que nadie más que él puede estar seguro de hacer las cosas bien, al margen de que esos movimientos pseudorreformistas causen un daño real a personas e instituciones, como es este caso.

Este activismo le parece urgente y necesario al Papa en vísperas de un sínodo en el que se hará patente que, frente a la gran rebeldía de la Iglesia en Alemania, ya no es posible seguir mirando hacia otra parte. En un contexto en el que incluso los más cumplidores aparecen como culpables, parecerá menos cruel que se intenten aplicar correcciones también a los más rebeldes.

Si hay un efecto negativo en toda esta operación, en mi opinión sólo podría ser el de que algunos miembros del Opus Dei creyeran los bulos y sospecharan que el Opus Dei ha abusado de la confianza de la Iglesia, cuando la realidad sería más bien la contraria.

Como observador durante 45 años del Opus Dei, desde dentro y desde fuera, pero siempre desde muy cerca, concluyo que todo tiene un remedio al que ya apuntaba san Josemaría cuando dijo que “el remedio de los remedios es la piedad”. Para quien pone su confianza en Dios, todo es para bien, y si esa confianza es de auténticos hijos, nada les podrá separar del amor de su Padre. Con el deseo de que así sea, les recuerdo que pueden suscribirse al canal centroeuropa, enviarme comentarios y sugerencias sobre temas a tratar, y me despido muy atentamente, saludos de Santiago Mata.

P.S. 1-9-2023. Comentario adicional tras estudiar las Actas de la Comisión para la revisión del Código de Derecho Canónico de los días 20 al 29 de octubre de 1981 (https://lawcat.berkeley.edu/record/146339): Se discute la equiparación con iglesias particulares, pero todos dan por supuesto que tienen pueblo, y aunque no los llamen fieles los entienden por tales, Ratzinger duda que se pueda ser fiel de dos entidades, para el caso del Opus Dei, ya que para los otros casos que ve como prelaturas (a las que prefiere llamar vicariatos) entiende que quien de esos ordinariatos-prelaturas, ya no es de la diócesis; entiendo que el problema es la superposición de jerarquías y por eso discuten sobre la semejanza con Iglesias particulares, coindicen con el Papa actual en ver un problema de dobles jurisdicciones, pero no se les ve el ánimo de excluir a los laicos de la prelatura… Así que para mí la trampa persiste, aunque no pueda decir exactamente dónde está: la Comisión no muestra intención de excluir ni de rechazar lo que el Opus Dei proponía… por eso mi opinión sigue siendo, más que la de acusar de engaño a la comisión, que la incompatiblidad es artificial, o por lo menos artificiosa, forzada.

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